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Un tribunal de la UE dice que la solicitud de España para declarar activos en el extranjero es ilegal

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha declarado que la controvertida Declaración de Bienes o Derechos Extranjeros viola el derecho europeo, El famoso «Formulario 720»que obliga a los residentes fiscales en España a declarar sus bienes en el extranjero.

En una nota informativa, el juez de la corte de Luxemburgo dijo que la legislación española «impone restricciones desproporcionadas a la libre circulación de capitales».

Así, la justicia europea anuló el «Modelo 720» de España, más concretamente está bienEspaña tendrá ahora que ajustar la ley en los términos de la sentencia, y los contribuyentes sancionados podrán reclamar al Estado el importe de la multa.

El juez del TJUE reconoció que los objetivos perseguidos por España a través del Modelo 720 (lucha contra el fraude fiscal y la evasión fiscal) pueden ser razonables. Pero también señalaron que el enfoque de la Agencia Tributaria fue demasiado lejos. “Esta legislación va más allá de lo necesario para lograr estos objetivos”, dijeron.

El Tribunal recordó que la UE tiene algunos «Mecanismo de intercambio de información o asistencia administrativa» entre los Estados miembros a tal efecto.

El fallo indicó que había tres razones principales Por qué la obligación de declarar activos en el extranjero por valor de más de 50.000 euros es «una infracción de la legislación de la UE».

En primer lugar, el Tribunal sostuvo que España había incumplido sus obligaciones en materia de libre circulación de capitales, estableciendo que el incumplimiento o el cumplimiento parcial o diferido de la obligación de información sobre bienes y derechos situados en el extranjero daría lugar a un valor que corresponden a esos activos las rentas no declaradas se gravan como una «ganancia de capital irrazonable», lo que es prácticamente imposible beneficiarse de las restricciones.

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Multas ‘desproporcionadas’

La segunda razón tiene que ver con el monto de la multa, que puede ser No declarado 150% Además de otras sanciones que el tribunal considere «desproporcionadas».

El tribunal señaló que el tamaño de la multa «la hace altamente punitiva» y que la multa, que se aplica al mismo tiempo que la multa uniforme impuesta en otros lugares, puede en muchos casos resultar en que los contribuyentes sean responsables de más del 100 % de sus activos en el extranjero. o importe total de los derechos. «Esto constituye una interferencia desproporcionada con el libre flujo de capital», dijo el tribunal.

El tercer motivo explicado por el juez se refiere también a la cuantía de la sanción prevista en el modelo 720, que prevé una multa de 5.000 euros por cada dato incompleto facilitado a Hacienda, 10.000 EUR por datos falsos Y el total no tiene límite superior.

El TJUE también tiene en cuenta que estas sanciones a tanto alzado se aplican junto con la sanción proporcional del 150 %, señalando que la cuantía es desproporcionada con respecto a la cuantía de la sanción por el incumplimiento de una obligación similar en el ámbito puramente interno. fondo español. «

“Estas multas uniformes imponen, por tanto, restricciones desproporcionadas a la libre circulación de capitales”, concluyó el tribunal.

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